Autoridad

Autoridad en Guatemala

Autoridad en el contexto del Derecho Procesal Civil

Concepto del Término: La persona revestida de facultad, mando, o magistratura. El carácter que reviste alguien por su empleo o representación.

Autoridad en el contexto del Derecho Procesal Civil

Concepto del Término: Dos nociones fundamentales presentan esta voz, básica en toda sociedad organizada, puesto que no se ha conocido aún una experiencia social amplia ajustada o desajustada a una auténtica anarquía. Una de ellas en abstracto, revela potestad, poder, facultad, atribuciones, e incluso influjo y prestigio personal; la otra más concreta en su encarnación humana, significa la persona revestida de aquellas funciones o aureolada con tal valor. // Poder legítimo. Crédito y fe que se otorga a una persona. Persona revestida de poder, mando o magistratura. Facultad para mandar y tomar decisiones de obligatorio cumplimiento. // La cualidad que lleva a que los juicios, decisiones y recomendaciones de una persona, grupo o gobierno sean aceptados voluntariamente como buenos y por lo tanto dignos de ser llevados a cabo por otros, por medio de la obediencia o cooperación para lograr ciertas metas. La autoridad es una fuente importante de poder, pero no es idéntica a éste.

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